domingo, 8 de noviembre de 2015

Redaccion de Hallazgos (07/11/15)

REDACCION DE HALLAZGOS
Hallazgos son todas aquellas situaciones de importancia, que se han detectado como resultado de la aplicación de las pruebas de cumplimiento y sustantivas en la ejecución de la auditoría, y que tienen un efecto importante sobre los objetivos previstos, así como en la calidad de la información y las operaciones del ente público evaluado, por lo que deben incluirse en el informe como situaciones que merecen reportarse.

El proceso más importante de la labor de auditoría es el desarrollo y presentación de hallazgos.

ESTRUCTURA DE LOS HALLAZGOS
Todo hallazgo debe estructurarse y redactarse tomando en cuenta los siguientes atributos:

Título
Condición
Criterio
Causa
Efecto
Recomendación


PROCEDIMIENTOS PARA LA REDACCIÓN DE HALLAZGOS
Para desarrollar hallazgos se requiere diseñar y ejecutar un proceso de obtención de evidencia, y la aplicación del juicio profesional e independiente del auditor en su análisis, para que en forma objetiva, se describa y documente la situación encontrada (condición), la cual debe ser comprobable y convincente, como resultado de la calidad de dicha evidencia.

Los hallazgos deben desarrollarse tomando en cuenta los siguientes aspectos:

Que los hechos detectados tengan la importancia necesaria para darse a conocer en el informe.

Que se haya obtenido la evidencia suficiente, competente y pertinente, que sustente lo que se necesita informar.

La posibilidad de que los hechos Sean corregidos y produzcan los beneficios futuros.

Que el costo que se necesita incurrir para la adopción de las recomendaciones, se vea compensado con beneficios futuros que superen dicho costo.

Que técnicamente sea factible la implantación de las recomendaciones que se formulen.


DOCUMENTACIÓN DE LOS HALLAZGOS
Todo hallazgo, debe estar sustentado con evidencia suficiente competente y pertinente, que constarán en los papeles de trabajo debidamente referenciados al borrador del informe y a la cédula centralizadora de hallazgos.

La evidencia que sustenta los hallazgos debe ser convincente incluso para una persona que no ha participado en la auditoría.

CORROBORACIÓN DE HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES
Previo a la inclusión definitiva en el informe, los hallazgos detectados deben discutirse con los funcionarios y responsables de la entidad auditada, y de ser necesario, con personal técnico idóneo, con el objeto de corroborar los mismos y ratificar la calidad de la evidencia obtenida, y asegurarse de la viabilidad y aplicabilidad de las recomendaciones.


NORMAS GENERALES DE CONTROL INTERNO

Son el elemento básico que fija los criterios técnicos y metodológicos para diseñar, desarrollar e implementar los procedimientos para el control, registro, dirección, ejecución e información de las operaciones financieras, técnicas y administrativas del sector público.

Constituyen un medio técnico para fortalecer y estandarizar la estructura y ambiente de control interno institucional.

Las Normas Generales de Control Interno, son de cumplimiento obligatorio por parte de todos los entes públicos.


NORMAS GENERALES DE CONTROL INTERNO

Las normas generales de control interno se clasifican en siete grupos:

·         Normas de Aplicación General

·         Normas Aplicables a los Sistemas de Administración General

·         Normas Aplicables a la Administración de Personal

·         Normas Aplicables al Sistema de Presupuesto Público

·         Normas Aplicables al Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental

·         Normas Aplicables al Sistema de Tesorería

·         Normas Aplicables al Sistema de Crédito Público



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